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Llega el final del año y con él, una de las noticias más esperadas por millones de jubilados y pensionados en todo el país: el pago del Sueldo Anual Complementario (SAC), popularmente conocido como aguinaldo. Este ingreso extra representa un alivio económico fundamental para afrontar los gastos de las festividades y planificar el comienzo del nuevo año. La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) ya ha delineado los detalles sobre cómo y cuándo se abonará la segunda cuota del aguinaldo de 2025, que vendrá acompañada del haber mensual actualizado.

Antes de sumergirnos en las cifras y fechas, es crucial entender qué es exactamente el aguinaldo. El Sueldo Anual Complementario, o SAC, es un derecho adquirido por los trabajadores en relación de dependencia y también por los jubilados y pensionados del sistema previsional argentino. Consiste en un salario adicional que se paga en dos cuotas a lo largo del año.
El cálculo de cada una de estas cuotas es sencillo: corresponde al 50% del mayor haber mensual percibido en el semestre correspondiente. Para el aguinaldo de diciembre, se tomará en cuenta el período de julio a diciembre de 2025. Esto significa que ANSES identificará cuál fue el mes con el haber más alto dentro de ese semestre y calculará la mitad de ese monto para determinar el aguinaldo a pagar. Es importante destacar que para este cálculo se considera el haber bruto, antes de la aplicación de los descuentos de ley, como la obra social.
La información más relevante para los beneficiarios es, sin duda, cuánto dinero recibirán en sus cuentas. Para diciembre de 2025, los haberes previsionales se acreditarán con un aumento del 2,3%, correspondiente a la inflación (IPC) registrada en el mes de octubre. A este haber actualizado se le sumará el medio aguinaldo. A continuación, presentamos una tabla comparativa con los montos estimados para las principales prestaciones:
| Tipo de Prestación | Haber Diciembre 2025 | Medio Aguinaldo Estimado | Total a Cobrar (con Aguinaldo) | Total Estimado (con posible bono) |
|---|---|---|---|---|
| Jubilados y pensionados con haber mínimo (SIPA) | $ 340.879 | $ 170.439 | $ 511.318 | $ 581.318 |
| Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) | $ 272.703 | $ 136.351 | $ 409.054 | $ 479.054 |
| Pensiones No Contributivas (PNC) por Invalidez | $ 238.615 | $ 119.307 | $ 357.922 | $ 427.922 |
| Pensiones No Contributivas (PNC) por Vejez | $ 238.615 | $ 119.307 | $ 357.922 | $ 427.922 |
Un factor que genera gran expectativa es la continuidad del bono previsional, que en los últimos meses ha sido de hasta $70.000. Este refuerzo de ingresos ha sido clave para que los beneficiarios de haberes mínimos puedan mantener su poder adquisitivo. Sin embargo, al momento de redactar este artículo, el bono para el mes de diciembre de 2025 aún no ha sido oficializado por el Gobierno.
Pese a la falta de confirmación, se prevé que podría mantenerse la política de refuerzos. De ser así, se acreditaría junto con el haber y el aguinaldo. Generalmente, este bono se otorga de manera completa a quienes perciben la jubilación mínima, y de forma proporcional a quienes superan ese monto hasta alcanzar un tope preestablecido. Es fundamental que los beneficiarios permanezcan atentos a los anuncios oficiales de ANSES en las próximas semanas para tener certeza sobre este pago adicional.
La Ley 23.073 de Contrato de Trabajo establece claramente los plazos para el pago del aguinaldo. Para la segunda cuota, la fecha límite es el 18 de diciembre de cada año. No obstante, la ley también contempla una pequeña prórroga, permitiendo a los empleadores (en este caso, ANSES) extender el plazo hasta cuatro días hábiles posteriores. Esto significa que la fecha límite final para que todos los jubilados y pensionados hayan percibido su aguinaldo es el 23 de diciembre de 2025.
ANSES organizará, como es habitual, un calendario de pagos detallado, escalonado según la terminación del Documento Nacional de Identidad (DNI) de los beneficiarios. Aunque el cronograma específico para diciembre aún no ha sido publicado, se espera que siga una estructura similar a la de meses anteriores, como noviembre, donde los pagos se distribuyen a lo largo del mes para garantizar un proceso ordenado.
Es importante aclarar qué grupos de beneficiarios de ANSES están incluidos en el pago del Sueldo Anual Complementario. La normativa es clara y establece que este derecho corresponde a prestaciones de carácter contributivo, es decir, aquellas que se originan a partir de los aportes realizados durante la vida laboral de una persona.
La razón de esta distinción es que las asignaciones son prestaciones no contributivas, concebidas como un apoyo social del Estado y no como un reemplazo de un ingreso salarial, que es la naturaleza del haber previsional.
No. El aguinaldo se calcula exclusivamente sobre los haberes previsionales remunerativos. El bono es un concepto no remunerativo y extraordinario, por lo que no se incluye en la base de cálculo del Sueldo Anual Complementario.
Para ver el desglose de su cobro, incluyendo el haber mensual, el aguinaldo y cualquier otro concepto, puede ingresar al portal web oficial de ANSES con su CUIL y Clave de la Seguridad Social. Dentro de la plataforma “Mi ANSES”, en la sección de consultas de recibos de haberes, podrá ver y descargar el detalle completo del período liquidado.
Si al revisar su historia laboral en Mi ANSES nota que faltan períodos de aportes, es fundamental que reúna toda la documentación probatoria que posea (certificaciones de servicios, recibos de sueldo, etc.) y solicite un turno en una oficina de ANSES para presentarla y solicitar el reconocimiento de dichos períodos.
Según la información proporcionada, una vez que se inicia un juicio por reajuste de haberes, el proceso judicial puede demorar entre 3 y 4 años en llegar a una sentencia firme. Posteriormente, ANSES procede al pago voluntario de dicha sentencia, que se verá reflejado en el recibo mensual del beneficiario.
El primer paso es crear su Clave de la Seguridad Social en el sitio web de ANSES. Luego, debe ingresar a Mi ANSES y verificar su historia laboral en la sección “Trabajo > Consultar Historia Laboral”. Si toda la información es correcta, puede solicitar un turno para “Solicitud de prestaciones previsionales” y presentarse en la fecha y hora asignadas con su DNI y la documentación requerida.
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