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El panorama salarial para miles de trabajadores vinculados al sector automotor, incluyendo a una gran parte del personal que desempeña sus funciones en las estaciones de servicio y talleres de YPF, ha experimentado una importante actualización. El reciente acuerdo firmado entre el Sindicato de Mecánicos y Afines del Transporte Automotor (SMATA) y la Federación Argentina de Asociación de Talleres de Reparación de Automotores y Afines (FAATRA) establece un nuevo marco de remuneraciones para el último trimestre de 2025, bajo el Convenio Colectivo de Trabajo (CCT) 27/88. Este nuevo esquema no solo ajusta los salarios básicos, sino que también introduce conceptos clave como las sumas no remunerativas, impactando directamente en el bolsillo de los empleados.

El acuerdo, que entra en vigencia a partir del 1° de octubre de 2025, representa un paso crucial en las negociaciones paritarias del sector. Su principal objetivo es actualizar los ingresos de los trabajadores frente al contexto económico, garantizando un poder adquisitivo más robusto. Una de las características más notables de este pacto es la reconfiguración de la estructura salarial. Las nuevas escalas absorben conceptos anteriores, como la “Asignación por eficiencia y productividad”, que equivalía a 5,92 horas del básico de cada categoría. Esto simplifica la liquidación y consolida los ingresos en una estructura más clara y predecible para el trabajador.
El corazón de este acuerdo reside en la combinación de un aumento sobre los salarios básicos y la implementación de sumas no remunerativas. Esta modalidad, frecuente en las negociaciones colectivas actuales, permite otorgar un incremento inmediato en el ingreso neto del empleado, aunque con ciertas particularidades en cuanto a los aportes y contribuciones.
Para muchos trabajadores, el término “no remunerativo” puede generar confusión. En esencia, se refiere a un monto que el empleado percibe pero que, durante su vigencia, no se considera parte del salario básico para el cálculo de los aportes al sistema de jubilación. Sin embargo, este acuerdo establece salvedades muy importantes que benefician directamente al empleado.
A pesar de su carácter no remunerativo, estas sumas sí deben ser tenidas en cuenta para el cálculo de otros conceptos fundamentales. Esto incluye:
Además, el acuerdo especifica que los empleadores deben realizar los aportes y contribuciones correspondientes a la obra social y al sindicato (SMATA) sobre estos montos. Esto garantiza que el trabajador no pierda cobertura médica ni los beneficios sindicales. La transformación definitiva de estos montos ocurrirá el 1° de enero de 2026, cuando las sumas no remunerativas se incorporarán íntegramente a los salarios básicos, consolidando un nuevo piso salarial para el año siguiente.
A continuación, presentamos las nuevas escalas salariales que regirán desde octubre hasta diciembre de 2025. Estas tablas son la referencia principal para los empleados de estaciones de servicio, talleres y áreas afines de YPF cubiertos por este convenio.
Esta categoría aplica a los trabajadores cuya remuneración se calcula en base a las horas trabajadas.

| Categoría | Básico ($) | Suma No Remunerativa (oct-dic 2025) ($) |
|---|---|---|
| Oficial Inspector | 6.669,90 | 406,20 |
| Oficial de Primera | 6.251,61 | 380,72 |
| Oficial | 5.998,69 | 365,32 |
| Medio Oficial | 5.723,08 | 348,54 |
| Peón | 5.366,04 | 326,79 |
| Aprendices Ayudantes (16-17 años) | 4.523,34 | 275,47 |
| Aprendices Ayudantes (18-19 años) | 4.678,98 | 284,95 |
| Engrasadores-Operarios-Ayudantes-Lavadores / Limpiadores y Expendedores de Combustible | 5.648,50 | 343,99 |
Esta categoría corresponde a los empleados con un sueldo fijo mensual, independientemente de la cantidad de días hábiles del mes.
| Categoría | Básico ($) | Suma No Remunerativa (oct-dic 2025) ($) |
|---|---|---|
| Auxiliar de Primera | 1.249.799,73 | 76.112,80 |
| Auxiliar de Segunda | 1.145.697,30 | 69.772,97 |
| Auxiliar de Tercera | 1.082.496,38 | 65.924,03 |
| Auxiliar de Cuarta | 978.637,75 | 59.599,04 |
| Choferes | 1.093.412,33 | 66.588,81 |
| Maestranza | 982.269,70 | 59.820,22 |
| Menores de hasta 16 años | 839.555,52 | 51.128,93 |
| Menores de 17 hasta 18 años | 867.120,62 | 52.807,65 |
| Personal a sueldo comisión y/o bonificación | 978.637,75 | 59.599,04 |
| Ingreso Mínimo Garantizado (I.M.G.) | 840.938,58 | 51.213,16 |
El acta del acuerdo salarial incluye una cláusula de absorción. Esto significa que si un empleador, como el operador de una estación de servicio YPF, ya ha otorgado aumentos salariales “a cuenta de futuras paritarias” que sean iguales o superiores a los establecidos en este acuerdo, podrá absorberlos. El objetivo es evitar una superposición de aumentos y mantener la equidad en la aplicación de las nuevas escalas en todo el sector. Es fundamental que cada trabajador revise su situación particular para comprender cómo se aplicará esta cláusula en su recibo de sueldo.
No. Este acuerdo bajo el CCT 27/88 aplica específicamente al personal de talleres mecánicos, estaciones de servicio y actividades afines. Los empleados de YPF en áreas corporativas, administrativas, de refinería o de exploración y producción están cubiertos por otros convenios colectivos con sus propias escalas salariales.
No, los valores presentados en las tablas son en bruto (antes de las deducciones). Sobre estos montos se deben aplicar los descuentos de ley, como los aportes jubilatorios, la obra social, la cuota sindical y el impuesto a las ganancias si correspondiera. El monto final que recibes es el sueldo neto o “de bolsillo”.
Según lo pactado, todas las sumas no remunerativas abonadas entre octubre y diciembre de 2025 se integrarán de forma definitiva a los salarios básicos a partir del 1° de enero de 2026. Esto significa que a partir de esa fecha, el salario básico de cada categoría será mayor, lo que impactará positivamente en el cálculo de futuros aumentos y adicionales.
En caso de que un trabajador detecte que no se le está liquidando el sueldo conforme a las nuevas escalas, el primer paso es comunicarlo al área de recursos humanos de la empresa. Si no se obtiene una respuesta satisfactoria, se debe contactar al delegado gremial o directamente a la seccional de SMATA correspondiente para recibir asesoramiento y respaldo.
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