FLIT: El insecticida que nació del petróleo
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El Plan de Conmoción Interna del Estado, más conocido por su acrónimo Plan CONINTES, representa uno de los capítulos más sombríos y controvertidos de la historia política argentina del siglo XX. Implementado durante la presidencia de Arturo Frondizi, este mecanismo legalizó la intervención de las Fuerzas Armadas en la seguridad interior, suspendiendo garantías constitucionales y sometiendo a civiles a la justicia militar. Aunque su aplicación más recordada ocurrió entre 1958 y 1961, sus raíces y su legado se extienden mucho más allá, marcando un precedente en la historia de la represión estatal en el país. Este artículo se adentra en los orígenes, la ejecución y las profundas consecuencias de un plan que, diseñado para la guerra, se utilizó para silenciar la disidencia en tiempos de paz.
Contrario a la creencia popular, el Plan CONINTES no fue una invención del gobierno de Frondizi. Sus fundamentos jurídicos se remontan a una década antes, durante el gobierno de Juan Domingo Perón. En septiembre de 1948, el Poder Ejecutivo peronista envió al Congreso el proyecto de ley N° 13.234, titulado “Organización General de la Nación para tiempo de guerra”. Aprobada de forma expeditiva y sin debate por la mayoría oficialista, esta ley habilitaba, entre otras cosas, la movilización de las Fuerzas Armadas para asuntos de seguridad interna. La diferencia sustancial y crítica reside en su concepción: fue diseñada para un escenario de guerra externa. Sin embargo, documentos desclasificados y registros históricos muestran que ya en 1951 y 1952 existían directivas internas del Ministerio de Defensa que hacían referencia a un plan de conmoción interna. De hecho, la primera aplicación documentada del estado CONINTES ocurrió el 16 de junio de 1955, cuando el propio Perón lo decretó para reprimir el intento de golpe de Estado de ese día. La gran ruptura que introdujo el gobierno de Frondizi fue descontextualizar esta herramienta de un estado de guerra o golpe militar y aplicarla sistemáticamente en un marco de paz formal para sofocar la protesta social y la actividad sindical.

El gobierno de Arturo Frondizi activó el plan de manera gradual pero implacable. El primer paso fue el Decreto Secreto 9880/1958, del 14 de noviembre de 1958, que facultaba al presidente a declarar el “estado Conintes” en todo el país. Este decreto era una carta blanca para la represión: permitía restringir derechos y garantías, militarizar a la población, declarar zonas bajo control militar (especialmente centros industriales) y autorizar a las Fuerzas Armadas a realizar allanamientos y detenciones sin orden judicial, pasando por encima de los procedimientos constitucionales. La ejecución pública y masiva del plan llegaría el 13 de marzo de 1960 con el Decreto 2628/1960. Este decreto oficializaba la subordinación de todas las policías provinciales al comando militar, consolidando un aparato represivo unificado bajo la órbita castrense. Apenas dos días después, el Decreto 2639/1960 profundizó aún más el estado de excepción. Invocando una “emergencia grave” y los “poderes de guerra” del Presidente, este decreto sometió a la jurisdicción de tribunales militares a cualquier civil acusado de una larga lista de delitos, que iban desde el sabotaje y la tenencia de explosivos hasta la asociación ilícita o la simple instigación. Los acusados serían juzgados por Consejos de Guerra, aplicando el Código de Justicia Militar en procedimientos sumarios.
Artículo 1º del Decreto 2639/1960: “Declárase producida la situación de emergencia grave prevista en los artículos 27, 28, 36 y 37 de la ley 13.234. En consecuencia, en todo el territorio de la República a partir de la cero hora del día 16 de marzo de 1960, quedan sometidos a la jurisdicción militar… las personas que incurrieren en los hechos o situaciones previstos en tales disposiciones legales…”
Esta batería de decretos fue avalada por la Corte Suprema de Justicia de la época, que, en diversos fallos, convalidó las medidas argumentando la “notoria existencia del estado de subversión y violencia generalizada”. Así, el andamiaje legal quedó sellado, otorgando un poder casi absoluto a las fuerzas de seguridad para actuar contra la ciudadanía.
El principal objetivo del Plan CONINTES fue desarticular la creciente conflictividad social, encabezada por el movimiento obrero y la Resistencia Peronista. Durante el gobierno de Frondizi se registraron más de 1.500 atentados, en un clima de alta tensión política y proscripción del peronismo. El gobierno utilizó estos hechos, como un atentado con bomba en la empresa Shell en Córdoba que dejó 13 muertos, o el que costó la vida a la hija de dos años de un militar, como justificación para la mano dura. Sin embargo, historiadores señalan que la presión de los sectores más duros de las Fuerzas Armadas, liderados por el Teniente General Carlos Toranzo Montero, fue determinante. Los militares exigían medidas aún más extremas, como la aplicación de la ley marcial y la pena de muerte. En este contexto, la implementación del CONINTES puede ser vista como una concesión de Frondizi para aplacar a los militares, aunque a un costo altísimo para el estado de derecho. El impacto fue inmediato y devastador para el movimiento sindical. El derecho a huelga fue virtualmente anulado: si en 1959 se habían registrado dos millones de jornadas de huelga, en 1960 la cifra se desplomó a apenas doscientas mil. Miles de trabajadores, estudiantes y militantes políticos fueron detenidos, los sindicatos intervenidos y cualquier forma de protesta era respondida con la fuerza militar.
La aplicación del plan supuso una suspensión de facto de la Constitución Nacional. La siguiente tabla comparativa ilustra el abismo entre las acciones permitidas por el plan y los derechos fundamentales que vulneraba.
| Acción bajo Plan CONINTES | Garantía Constitucional Afectada |
|---|---|
| Detención de personas sin orden judicial y por tiempo indeterminado. | Libertad personal y derecho al debido proceso (Habeas Corpus). |
| Allanamiento de domicilios y locales sin autorización de un juez. | Inviolabilidad del domicilio. |
| Juicio de civiles por tribunales militares (Consejos de Guerra). | Derecho a ser juzgado por jueces naturales y prohibición de comisiones especiales. |
| Subordinación de las policías provinciales a las Fuerzas Armadas. | Autonomía provincial y federalismo. |
| Restricción de la libertad de expresión y reunión. | Derechos de expresión, prensa y asociación. |
Formalmente, el Plan CONINTES fue derogado el 1 de agosto de 1961 mediante el Decreto 6495/1961. Sin embargo, no significó un retorno a la normalidad constitucional. En su lugar, se sancionó la Ley 15.293 de Represión del Terrorismo, que mantenía y en algunos casos ampliaba las facultades represivas del Estado. El legado del plan fue profundo y duradero. Cientos de personas permanecieron detenidas bajo su régimen hasta una amnistía dictada en 1963. Una de las consecuencias más notables fue el surgimiento de la Comisión de Familiares de Detenidos (COFADE) en 1961, una de las primeras organizaciones de derechos humanos de Argentina, dedicada a denunciar las condiciones de detención y a exigir la libertad de los presos políticos y gremiales. Años más tarde, se intentó reparar a las víctimas. En 2007, la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires sancionó una ley de reparación que fue vetada por el entonces Jefe de Gobierno, Mauricio Macri. Por otro lado, la Provincia de Buenos Aires sí aprobó en 2009 la Ley 13.807, que estableció una pensión para las personas detenidas durante la Resistencia Peronista y bajo el Plan CONINTES. El Plan CONINTES no fue un evento aislado, sino un eslabón clave en la cadena de violencia política argentina, que sentó un peligroso precedente al normalizar la intervención militar en la vida civil y al legitimar la suspensión de los derechos ciudadanos en nombre de la seguridad nacional.
CONINTES es el acrónimo de “Conmoción Interna del Estado”. Fue el nombre que recibió el plan de seguridad que otorgó poderes extraordinarios a las Fuerzas Armadas para la represión interna.
Fue implementado por el presidente Arturo Frondizi. Lo aprobó a través de un decreto secreto en 1958 y lo puso en ejecución pública mediante otros decretos en marzo de 1960.
Formalmente, fue implementado a través de decretos presidenciales y leyes preexistentes, y fue avalado por la Corte Suprema de Justicia de la época. Sin embargo, su legitimidad y legalidad son altamente cuestionadas, ya que suspendía de facto derechos y garantías fundamentales consagrados en la Constitución Nacional.
Los principales afectados fueron trabajadores, sindicalistas, militantes estudiantiles y miembros de la denominada “Resistencia Peronista”. El objetivo era desarticular la protesta social y la oposición política al gobierno.
No fue el inicio absoluto, pero sí un antecedente fundamental. Otorgó a las Fuerzas Armadas un rol protagónico en la seguridad interior que no habían tenido de esa forma sistemática. Sentó un precedente para la doctrina de la seguridad nacional y la represión estatal que se profundizaría trágicamente en los años siguientes, culminando en la dictadura de 1976.
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