Guía para tu viaje a Santa Rosa de Calamuchita
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La actividad hidrocarburífera es un pilar fundamental para el desarrollo energético y económico de Argentina. Sin embargo, para que la exploración y explotación de petróleo y gas sean posibles, es necesario acceder a los terrenos donde se encuentran estos recursos, terrenos que, en su mayoría, son propiedad privada. Aquí es donde surge un concepto legal y económico crucial: las servidumbres petroleras. Este mecanismo regula la relación entre las empresas operadoras y los propietarios de la tierra, asegurando que la actividad se desarrolle de manera ordenada y que los dueños de los campos sean compensados justamente. Recientemente, el Gobierno Nacional ha puesto este tema en el centro de la escena con una importante actualización de los valores indemnizatorios, una medida esperada por el sector y que busca equilibrar los intereses de todas las partes involucradas.

Para entender la reciente actualización, primero debemos desglosar qué significa este término. Una servidumbre petrolera no es una compra ni una expropiación del terreno. Es, en esencia, un derecho que se le otorga a una empresa del sector de hidrocarburos para utilizar una porción de un inmueble ajeno con el fin de llevar a cabo sus operaciones. Estas operaciones pueden incluir la instalación de pozos, la construcción de caminos de acceso, el tendido de ductos, la instalación de baterías o cualquier otra infraestructura necesaria para la extracción, tratamiento y transporte del petróleo o gas.
El propietario del campo, conocido como “superficiario”, no pierde la titularidad de su tierra. Sin embargo, ve afectada su capacidad de uso y goce pleno de la propiedad. La servidumbre representa una indemnización que compensa al superficiario por varios factores:
Este sistema está respaldado por la legislación argentina, que considera la actividad hidrocarburífera de interés general para la Nación, permitiendo así la constitución de estas servidumbres para garantizar el aprovechamiento de los recursos del subsuelo, que son propiedad del Estado.
Los valores de estas indemnizaciones no son estáticos; deben ajustarse periódicamente para reflejar la realidad económica del país y de los sectores productivos locales. Tras un período de espera y reclamos por parte de la Asociación Argentina de Propietarios y Superficiarios Afectados por la Explotación Hidrocarburífera, Minera y Eléctrica (AASEP), el Ministerio de Economía, a través de resoluciones conjuntas de las Secretarías de Agricultura y Energía, oficializó los nuevos montos.
La última actualización databa de noviembre de 2021 (con retroactividad a marzo de ese año) y su vigencia se extendía hasta septiembre de 2022. La nueva normativa, publicada en 2023, establece valores retroactivos al 1 de octubre de 2022, buscando así saldar la brecha generada por la inflación y la variación de los precios de los productos que se usan como referencia para el cálculo.

La actualización no fue homogénea para todo el país, sino que se diferenció por cuencas y zonas productivas, reflejando las distintas realidades económicas de cada región. A continuación, se detallan los cambios más significativos.
Esta resolución abarca los campos ubicados en las provincias de Neuquén, Mendoza, Río Negro, La Pampa, San Juan y San Luis. Los ajustes en tierras de secano fueron variados:
| Concepto | Zona “A” | Zona “B” | Zona “C” | Zona “D” |
|---|---|---|---|---|
| Servidumbres y Daños Inherentes | +37,37% | -5,58% | +83,00% | +83,64% |
| Gastos de Control y Vigilancia | +101,1% | +100,9% | +112,6% | +116,1% |
Es notable la reducción en la Zona “B” para servidumbres, lo que se explica por la baja en el precio del índice de referencia utilizado para su cálculo. Por otro lado, los gastos de control y vigilancia, atados al precio del gasoil, mostraron un incremento generalizado y significativo.
Para las provincias de Chubut, Santa Cruz y Tierra del Fuego, los ajustes siguieron una lógica similar:
| Concepto | Zona “A” | Zona “B” | Zona “C” |
|---|---|---|---|
| Servidumbres y Daños Inherentes | +37,37% | -5,58% | -5,58% |
| Gastos de Control y Vigilancia | +99,4% | +99,3% | +102,5% |
La aparente complejidad de los porcentajes de aumento y disminución tiene una base lógica y transparente, establecida en el Decreto N° 861/96. La metodología distingue principalmente entre dos tipos de tierras:
Los índices aplicados son:
Es un derecho legal que permite a una empresa petrolera utilizar la superficie de un terreno privado para sus operaciones, a cambio de una indemnización económica al propietario. No implica la pérdida de la propiedad del terreno, solo una limitación en su uso.
No. El propietario o superficiario sigue siendo el dueño legal del inmueble. La servidumbre solo le otorga a la empresa el derecho de uso sobre una porción específica y para fines determinados, durante el tiempo que dure la operación.

Porque los cálculos se basan en la productividad y el tipo de explotación económica de cada región. Se utilizan índices de precios de productos locales (lana, carne) para reflejar de manera más precisa el lucro cesante del propietario. Por eso, una caída en el precio de la lana puede generar una baja en la indemnización en una zona, mientras que un aumento en el precio de la carne la incrementa en otra.
Es una compensación adicional que se paga al superficiario para cubrir los costos asociados a la supervisión de las actividades de la empresa en su propiedad. Esto incluye el tiempo y los recursos (como el combustible para recorrer el campo) que el dueño debe invertir para asegurarse de que se cumplan los acuerdos y no se generen daños fuera del área pactada.
La normativa establece una vigencia para cada actualización. Históricamente, se busca realizar ajustes anuales o bianuales, aunque a veces pueden ocurrir demoras, como sucedió en esta última ocasión. Las asociaciones de productores suelen solicitar las actualizaciones para evitar que los montos queden desfasados por la inflación.
En conclusión, el sistema de servidumbres petroleras es un engranaje esencial para la convivencia armónica entre la industria del petróleo y gas y el sector agropecuario. La reciente Resolución Conjunta que actualiza los valores indemnizatorios es un paso necesario para mantener el equilibrio y la equidad, reconociendo las fluctuaciones económicas y garantizando que los propietarios de la tierra reciban una compensación justa por el uso de su superficie, un recurso indispensable para el motor energético del país.
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